LA DELINCUENCIA INFANTIL EN MÉXICO
Panorama
Actual de la delincuencia juvenil:
La delincuencia juvenil ha aumentado
de forma alarmante en los últimos tiempos, pasando a ser un problema que cada
vez genera mayor preocupación social, tanto por su incremento cuantitativo,
como por su progresiva peligrosidad cualitativa.
La delincuencia juvenil es
además una característica de sociedades que han alcanzado un cierto nivel de
prosperidad y, según análisis autorizados, más habitual en los países
anglosajones y nórdicos que en los euro mediterráneos y en las naciones en vías
de desarrollo.
Es decir, en las sociedades menos desarrolladas la incidencia de
la delincuencia juvenil en el conjunto del mundo del delito es menor que en las
comunidades más avanzadas en el plano económico. En las grandes ciudades
latinoamericanas, la delincuencia juvenil está ligada a la obtención
—delictiva— de bienes suntuarios de consumo y por lo general no practican la
violencia por la violencia misma sino como medio de obtener sus objetivos
materiales.
Los estudios criminológicos sobre la
delincuencia juvenil señalan el carácter multicausal del fenómeno, pero a pesar
de ello, se pueden señalar algunos factores que parecen decisivos en el aumento
de la delincuencia juvenil desde la II Guerra Mundial. Así, son factores que se
encuentran en la base de la delincuencia juvenil la imposibilidad de grandes
capas de la juventud de integrarse en el sistema y en los valores que éste
promociona como únicos y verdaderos (en el orden material y social, por
ejemplo) y la propia subcultura que genera la delincuencia que se transmite de
pandilla en pandilla, de modo que cada nuevo adepto trata de emular, y si es
posible superar, las acciones violentas realizadas por los miembros anteriores
del grupo.
La
delincuencia Juvenil
Apuntábamos en páginas anteriores que el término
delincuencia juvenil no tienes el mismo significado para todos los
criminólogos. Difieren básicamente en dos puntos
- El primero en determinar la edad a partir de la cual se puede hablar de delincuente juvenil y
- El segundo, que radica en determinar cuáles deben ser las conductas que dan lugar a calificar a un joven como delincuente.
Por cuanto hace a la edad en que podemos referirnos
a la delincuencia juvenil, participamos del criterio de estimar como tales a
los que cuentan con más de 14 años de edad.
El menor infractor lo podrá ser hasta los 14 años
de edad, a partir de este límite, deberá ser considerado como delincuente
juvenil con los grados de responsabilidad ya apuntados, los que desde luego no
tienen pretensión de definitividad, pues dependerá de los estudios que en lo
futuro se realicen y que permitan conocer los fenómenos físicos y psíquicos del
adolescente que puedan obligar a variar los límites de edad ya señalados, los
que están apoyados en los estudios más aceptados hasta la fecha.
El anterior punto de vista, no es actualmente el
que aceptan la mayoría de los Códigos penales de la República, pues por ejemplo
el Código del Distrito Federal y el estado de México, fijan como límite para la
responsabilidad penal la edad de 18 años, el Código Penal de Durango se inclina
por el límite de 16 años y en igual sentido el de Tamaulipas y otros Estados.
La
delincuencia juvenil y entorno social:
El estudio de la criminalidad juvenil constituye un
tema de actualidad, no sólo del derecho penal, sino también de la criminología
y de las ciencias conexas. El constante aumento de los conflictos sociales, y
con ellos el de la delincuencia, ha incrementado el interés por el tema, tanto
en los países industrializados o centrales, como también en los llamados países
periféricos, como son los de América Latina.
Para comprender el interés por el análisis y la
búsqueda de soluciones para la delincuencia juvenil, es necesario ubicar este
fenómeno dentro de la problemática de la sociedad actual. La estructura social
en que les ha tocado vivir a los niños y jóvenes de hoy, está caracterizada por
una complejidad cada vez mayor, donde la búsqueda de soluciones no depende ni
de fórmulas tradicionales, ni de líderes carismáticos.
La delincuencia juvenil se ubica, por lo menos en
América Latina, dentro de un contexto social caracterizado por grupos de niños
y adolescentes ubicados dentro de niveles de miseria o pobreza, desempleo,
narcotráfico, concentración urbana, baja escolaridad o analfabetismo,
agresiones sexuales y desintegración familiar. A estos grupos sociales se les
ha negado todos los derechos humanos, tales como el derecho a la vida, la
salud, la educación, la vivienda, en fin, el derecho al desarrollo.
Sumado a este contexto, hay que agregar que la
sociedad actual se caracteriza por un debilitamiento de los sistemas
tradicionales de apoyo para el desarrollo de la niñez y de la adolescencia.
Quisiéramos mencionar, por lo menos, tres medios de apoyo que con los cambios
sociales, se han debilitado como para dar una respuesta efectiva al desarrollo
de la niñez y de los adolescentes. En primer lugar tenemos que mencionar a La Familia. Los medios de
comunicación, sobre todo la televisión, han suprimido la jerarquía y hegemonía
que la familia tenía como formadora de costumbres sociales.
Además, la incorporación de la mujer al sistema
laboral, por necesidad u oportunidades de desarrollo, y otros cambios en la
estructura familiar, como la ausencia generalizada del padre, replantean las
relaciones del niño y del joven. La
Escuela, por su parte, se caracteriza por un marcado énfasis
academicista y por la competitividad feroz, borrando el sentido comunitario y
la promoción del desarrollo integral de los jóvenes. Además, los Sistemas de Asistencia y Recreación,
como apoyos alternativos, son mínimos y siempre insuficientes para la
satisfacción de las necesidades de la población juvenil.
Por último, quisiéramos manifestar que la
delincuencia juvenil es el resultado de la combinación de diversos factores de
riesgo y respuesta social. Se presenta en toda sociedad, en donde los
antivalores de violencia, agresividad, competencia salvaje, consumo, se imponen
a los valores supremos de la sociedad, como la tolerancia, la solidaridad y la
justicia.
Menores
infractores:
Determinar la minoría de edad para los efectos de
la responsabilidad ante la Ley penal, es un tema debatido, y existe una gran
variedad de criterios para fijar la edad límite en que una persona pueda
considerarse como menor.
En términos generales se considera menor de edad a
quien por su desarrollo físico y psíquico no tiene "La capacidad de
autodeterminación del hombre, para actuar conforme con el sentido, teniendo la
facultad, reconocida normativamente, de comprender la antijuricidad de su
conducta".
En el ámbito jurídico-penal la capacidad de
autodeterminación recibe el nombre de imputabilidad de ahí que quien no
satisfaga el límite de edad que señala la ley, se le considerara un
inimputable.
De acuerdo a la dogmática del delito, éste sólo se
puede cometer, si los elementos del mismo se integran en su totalidad en cada caso
concreto.
"No es posible en este trabajo ahondar en el
estudio jurídico del delito, y sus elementos, tema cuya profundidad
indiscutible y sobre el cual se está muy lejos de llegar a conclusiones
definitivas; para Edmundo Mezger: "El delito es la acción típicamente
antijurídica y culpable".
La definición del tratadista alemán no hace
referencia alguna a la imputabilidad, concepto que la opinión más generalizada
la estima como un presupuesto del elemento culpabilidad
La imputabilidad ha sido definida por el Código
Penal italiano como la capacidad de
entender y de querer, capacidad que requiere satisfacer un límite
físico, o sea la mayoría de edad que señala la propia ley, y un límite psíquico
que consiste en la posibilidad de valorar la propia conducta en relación a la
norma jurídica.
En otras palabras, el menor de edad, no tiene de
acuerdo a la ley la suficiente capacidad de entender y querer, por una evidente
falta de madurez física, que también, lo es psíquica.
El menor de edad podrá llevar a acabo actos u
omisiones típicos, pero no culpables, pues para que se le pueda reprochar su
conducta, a título doloso o culposo el menor deberá tener la capacidad de
entender y querer su conducta, de tal suerte que no se puede formular el
reproche que entraña la culpabilidad por falta de base o sustentación
mencionada.
Lo anterior nos lleva a concluir que el menor no
es, no puede ser delincuente, simple y sencillamente porque su conducta no
puede llegar a integrar todos los elementos del delito, pues es un sujeto inimputable
y ésta es condición esencial para que pueda integrarse el elemento de la
culpabilidad.
http://www.monografias.com/trabajos15/delincuencia-juvenil/delincuencia-juvenil.shtml